En sendos
boletines para la provincia uno de fecha 09 de
Noviembre de 2012 y otro fechado el 10 de Julio de 2013, se aprobaron una ayuda
económica que para Santisteban del Puerto ascendía a un total de 150 mil euros
con los que se pretendía paliar en parte
las dificultades por las que atraviesan muchas familias debido a la mala campaña
de aceituna y el consiguiente descenso del número de jornales y de ingresos
para las familias más desfavorecidas.
El objetivo de este Plan de Empleo, y
según aparece en el apartado1º, es que alcance
al mayor número de desempleados, por lo que tiene una limitación en la duración
del contrato por trabajador/a a un máximo de 12 jornadas de ocho horas de
duración cada una. Este apartado que podemos ver que aparece con total nitidez en el BOP,
según han podido comprobar las personas afectadas ha sido de dudoso
cumplimiento por parte de los responsables del gobierno local.
También deja bien a las claras
que de manera excepcional y previa solicitud por parte del ayuntamiento
interesado y autorización de la Diputación Provincial y siempre y cuando se
acredite que no quedan en el municipio personas desempleadas sin contratar en
el marco de estos Planes de Empelo, se podrá formalizar un segundo contrato,
con el mismo limite y duración que el establecido en el párrafo anterior y con
trabajadores anteriormente contratados. Sin embargo tenemos constancia según
nos han informado las personas interesadas que mientras hay personas que han
sido contratadas varias veces hay otras que a estas alturas del año,
septiembre, aún no han recibido el primer contrato o también nos ha llegados
quejas sobre que hay personas a las que se les ha contratado por menos de los
12 días sin que sepan el motivo de la inferioridad de esos días en el contrato.
De todo esto es posible que el
gobierno local responsable de estos comentarios tenga la debida acreditación y
por lo tanto sea todo conforme a la Ley expresada en este boletín, pero los
diversos comentarios llegadas por diversas vías nos hacen tener dudas
razonables sobre que se haya cumplido el objetivo principal de esta Ley, que
era llegar a todas y todos los jornaleros de Santisteban del Puerto, antes de
que se produjese ninguna repetición en la contratación y ésta debía de hacerse
con previo consentimiento de la Diputación Provincial. De todos modos sois
vosotras y vosotros: los vecinos de Santisteban quienes tenéis que juzgar la
limpieza de este proceso.
El el margen de la derecha aparecen el enlace de ambos boletines que se pueden ver de manera íntegra los boletines.
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